En mi post del 8 abril 2012 con CONSEJOS PARA LA CAMPAÑA RENTA 2011
comentaba que los propietarios de viviendas arrendadas NO tienen que dejar de
declarar los ingresos por alquileres, porque cada vez están más controlados por
Hacienda y porque, si se declaran, podrán aplicar una importante reducción
sobre el rendimiento neto resultante (ingresos-gastos deducibles).
Para la declaración
de Renta 2011:
-por los
arrendamientos de viviendas el propietario podrá aplicar con carácter general
una reducción del 60%, es decir se tributa sólo sobre el 40% del rendimiento
(para la Renta 2010 la reducción era del 50%)
-el propietario
podrá aplicar una reducción del 100%, es decir no tributará por los alquileres, si el inquilino ha tenido en 2011 rentas del trabajo o de actividades
económicas superiores al IPREM (7.455,14 €) y una edad comprendida entre 18 y
30 años (entre 18 y 35 años si el contrato es anterior al 1/1/2011)
Para poder aplicarse
tales reducciones debe tratarse de arrendamientos de viviendas que los
inquilinos utilicen como tales, de forma permanente. No se pueden aplicar en
arrendamientos de temporada, en arrendamientos de viviendas a empresas o
entidades, en arrendamiento para el ejercicio de una actividad económica, etc.
Las reducciones sólo
se pueden aplicar sobre los rendimientos positivos DECLARADOS. Si el arrendador
de una vivienda no declara el alquiler y Hacienda lo descubre, terminará
tributando sobre el 100% rendimiento neto y con la correspondiente sanción.
Actualización: Ver nuestro post del 30 mayo 2012 en el que comento que ¡PUEDE SER MEJOR NO DECLARAR GASTOS DE VIVIENDAS ALQUILADAS!
Actualización: Ver nuestro post del 30 mayo 2012 en el que comento que ¡PUEDE SER MEJOR NO DECLARAR GASTOS DE VIVIENDAS ALQUILADAS!
Si una misma
vivienda está alquilada por ejemplo a dos personas y sólo una de ellas cumple
los requisitos para aplicar la reducción del 100%, se podrá aplicar ésta de
forma proporcional, en este caso a la mitad del rendimiento neto (por la otra
mitad se podrá aplicar la reducción general del 60%)
Pues bien, el
propietario que haya tenido alquilada una vivienda en 2011 a algún inquilino jóven
que cumpla los requisitos para aplicar la reducción del 100% es MUY IMPORTANTE CONSEGUIR UNA COMUNICACIÓN
FIRMADA POR EL INQUILINO como la que se adjunta más abajo como ANEXO, PARA PODER
CONFECCIONAR SU DECLARACIÓN RENTA 2011 CON SEGURIDAD Y CON TRANQUILIDAD.
Según el artículo 16
del Reglamento del IRPF los inquilinos deben entregar al arrendador ese tipo de
comunicación, y el arrendador está obligado a conservarla. No es normal que un inquilino,
por iniciativa propia, prepare y entregue la comunicación al propietario, por
lo que es CONVENIENTE que éste el
que se moleste en prepararla y hacerla
firmar al inquilino en cuanto termine cada año. De lo contrario, podría
tener problemas para conseguirla más tarde si el inquilino deja la vivienda o
se estropea la relación entre las partes por impago o por cualquier otra razón.
Consiguiendo la
comunicación firmada por el inquilino que cumpla los requisitos el propietario
podrá aplicarse tranquilamente la reducción del 100% en su declaración de Renta
y NO SE LLEVARÁ NINGÚN SUSTO Y NO TENDRÁ NINGÚN PROBLEMA SI HACIENDA LE NOTIFICA MÁS TARDE UN REQUERIMIENTO
como el que han estado recibiendo muchos arrendadores de viviendas, en los
siguientes términos:
“En relación con su declaración anual del IRPF
correspondiente al ejercicio 2009, se han detectado ciertas incidencias, para
cuya subsanación se solicita:
-Justificantes de que el inquilino cumple los
requisitos para dar derecho a la reducción del 100% en los rendimientos de capital
inmobiliario declarados.
-En concreto, deberá aportar la comunicación emitida
por el arrendatario con el contenido establecido en el art. 16 del Reglamento
IRPF a fin de acreditar que el/los arrendatario/s tienen una edad comprendida
entre 18 y 35 años y unos rendimientos netos del trabajo o de actividades
económicas en el periodo impositivo superiores a 7.381,33 euros, importe del
IPREM para el ejercicio 2009.
-Asimismo, para justificar los ingresos de capital
inmobiliario declarados, deberá aportar los contratos de alquiler y los recibos
correspondientes al ejercicio 2009.
Por ello se acuerda realizar este requerimiento con el
fin de que proceda a subsanar las citadas incidencias.”
Palma de Mallorca, 12
abril 2012
Alejandro del Campo Zafra
Abogado-Asesor Fiscal
www.consultingdms.com
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COMUNICACIÓN INQUILINOS VIVIENDA
DECLARACION
IRPF 2011
COMUNICACIÓN
AL PROPIETARIO D. _____________________________________, con DNI
______________________, ARRENDADOR DE LA VIVIENDA SITA EN
_______________, EN LA CALLE
_________________________________________
A efectos de la aplicación, por su parte, de la
reducción prevista en el apartado 2º del artículo 23.2 de la Ley 35/2006, de 28 de
noviembre, del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas, le presento comunicación con
el siguiente contenido:
a) D/D.ª
___________________________________________________, con domicilio fiscal en
_____________________________________________________________, y con N.I.F. n.º
__________________, persona abajo firmante, ha sido durante 2011
inquilino/arrendatario de la vivienda indicada en el encabezamiento.
b) El inmueble arrendado, objeto de la presente
comunicación, ha constituido mi vivienda en el período impositivo anterior
(2011).
c) Manifiesto que durante todo el año 2011 he tenido
una edad comprendida entre los 18 y 30
(*) años / o que he tenido esa edad
durante una parte del 2011, en concreto hasta ..…/….
d) Manifiesto haber obtenido durante el período
impositivo anterior (2011) unos rendimientos netos del trabajo y/o de
actividades económicas superiores al indicador público de renta de efectos
múltiples (7.455,14 Euros).
En Palma, a 31 de marzo de 2012
Fdo.:
..................................................
(Inquilino)
(*) Si el contrato de
alquiler es anterior al 31/12/2010 la edad del inquilino puede ser hasta 35
años
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